El Juzgado condena a costas a la acción popular porque aprecia "temeridad o mala fe" en su actuación
Tribunales
21 jun. 2022

Absueltos Pedro San Ginés y todos los acusados del 'caso desaladora'

El expresidente del Cabildo de Lanzarote, Pedro San Ginés (CC), ha sido absuelto del delito de prevaricación por la incautación en el año 2014 de la desaladora de la promotora de la urbanización Montaña Roja. También han sido absueltos el exsecretario general de la corporación, Francisco Perdomo, y el exgerente del Consejo Insular de Aguas, José Juan Hernández, según la sentencia del Juzgado de lo Penal nº3 de Arrecife hecha pública hoy. 

También se condena a costas a la acción popular, ejercida por los exconsejeros insulares de Podemos Carlos Meca, Pablo Ramírez y Plácida Martín, porque aprecia "temeridad o mala fe" en su actuación. 

Hay que recordarn que los hechos jugados se remotan a septiembre de 2014 cuando el Consejo Insular de Aguas emitió un informe solicitando el inicio de un proceso sancionador contra Club Lanzarote S.A. por entender que la entidad producía agua industrial sin autorización.

Seguidamente, San Ginés, como presidente del Consejo, reclamó las competencias delegadas en la Vicepresidencia en los procedimientos sancionadores que se iban a iniciar contra la entidad, y se redactó un expediente sancionador por la posible comisión de tres infracciones leves y una menos grave, proponiendo sanciones que podrían llegar a los 7.800 euros.

También se acordó la incautaciónde la desaladora, la depuradora y la red de abastecimiento de agua de la urbanización de Montaña Roja, y se cediieron las infraestructuras incautadas a Canal Gestión S.A.U. 

Por su parte, el Club Lanzarote S.A. presentó un recurso contencioso-administrativo que concluyó con la sentencia de 26 de mayo de 2016 que afirmó que el Consejo Insular podía adoptar cuantas medidas cautelares considerara oportunas para garantizar la eficacia de la resolución que concluya el expediente.

La entidad también recurrió la resolución por la que se cedía la infraestructura incautada a Canal Gestión S.A.U., procedimiento que concluyó con la anulación de dicha resolución en una sentencia de junio de 2016.

La empresa Club Lanzarote se apartó de la causa después de llegar a un acuerdo para seguir desalando a través del Consorcio de Agua, pero la acusación popular continuó solicitando una pena de inhabilitación de ocho años, petición que ha concluido con la absolución ahora de los tres acusados y la condena a costas de la acusación popular.